domingo, 20 de marzo de 2011

1939 julio 31. ESTATUTOS DE FET de las JONS

Art. 1º.- Falange Española Tradicionalista y de las JONS es el Movimiento Militante inspirador y base del Estado Español, que, en comunicación de voluntades y creencias, asume la tarea de devolver a España el sentido profundo de una indestructible unidad de destino y de fe resuelta en su misión católica e imperial, como protagonista de la Historia, de establecer un régimen de economía superadora de los intereses del individuo, de grupo y de clase, para la multiplicación de los bienes al servicio del poderío del Estado, de la Justicia social y de la libertad cristiana de la persona.

Falange Española Tradicionalista y de las JONS se constituye en guardia permanente de los valores eternos de la Patria, virilmente defendidos en tres guerras civiles, exaltados con voz y con sangre el 29 de octubre de 1934 por la nueva generación, y definitivamente rescatados en la coyuntura histórica del 18 de julio de 1936 por el Ejército y por el pueblo hecho Milicia. […]

Art. 31º.- La Junta Política, delegación del Consejo Nacional y órgano permanente de gobierno de la Falange Española Tradicionalista y de las JONS, estará integrada por un Presidente libremente designado por el Caudillo, un Vicepresidente y diez Consejeros Nacionales, cinco de ellos designados por el Consejo, a propuesta del Caudillo, y los otros cinco directamente nombrados por éste.

Son además miembros natos de la Junta Política el Vicesecretario y los Delegados de los siguientes servicios: Exterior, Educación Nacional, Prensa y propaganda, Sección Femenina, Sindicatos, Organización Juvenil.

Las vacantes que ocurran serán cubiertas por el Caudillo siempre entre los miembros del Consejo Nacional. […]

Art. 47º.- El Jefe Nacional de Falange Española Tradicionalista y de las JONS, supremo Caudillo del Movimiento, personifica todos los Valores y todos los Honores del mismo. Como Autor de la Era Histórica donde España adquiere las posibilidades de realizar su destino y con él los anhelos del Movimiento, el jefe asume, en su tarea plenitud, la más absoluta autoridad.

El Jefe responde ante Dios y ante la Historia.

Art. 48º.- Corresponde al Caudillo designar a su sucesor, quién recibirá de él las mismas dignidades y obligaciones. […]

Dado en Burgos, a 31 de julio de 1939. Año de la Victoria. Francisco Franco